Costos, Impuestos y Financiación

ITP e Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Mallorca

Cómo se calcula el impuesto de transmisiones patrimoniales en Mallorca, cuándo se aplica ITP en lugar de IVA y el papel del Valor de Referencia.

EUR

Su estimación

Base imponible
750.000 €
ITP estimado
65.000 €
Tipo efectivo
8,7 %
Total incl. ITP
815.000 €

Desglose

TramoTipoImpuesto
hasta 400.000 €8,0 %32.000 €
400.000 € - 600.000 €9,0 %18.000 €
600.000 € - 1.000.000 €10,0 %15.000 €

Este cálculo es orientativo para propiedades de segunda mano. Obra nueva, tipos reducidos y casos personales especiales no están incluidos y deben revisarse individualmente.

Quien compra una propiedad de segunda mano en Mallorca paga generalmente el impuesto de transmisiones patrimoniales ITP. Se refiere a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas dentro del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, abreviado ITPAJD. La calculadora situada encima de este artículo ayuda a estimar la carga general del ITP para inmuebles en Mallorca según el tramo balear actual.

¿Qué es el ITP en Mallorca?

El ITP es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas. En las compras de inmuebles en Mallorca afecta principalmente a la adquisición de un piso, finca, villa o casa de segunda mano. El sujeto pasivo es generalmente el comprador, no el vendedor. La autoridad competente es la agencia tributaria balear ATIB, porque el inmueble se encuentra en las Islas Baleares.

¿Cuándo se aplica el ITP?

El ITP se aplica típicamente cuando se vende un inmueble de segunda mano en Mallorca. Normalmente no se aplica ITP en la modalidad TPO cuando se compra un inmueble nuevo directamente del promotor en el marco de una primera entrega. En ese caso, se calcula el IVA en su lugar, y adicionalmente suele aplicarse el AJD sobre la escritura notarial.

Tramos actuales del ITP en Mallorca

Para los inmuebles en Mallorca se aplica la regulación del ITP de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El impuesto general se calcula de forma progresiva:

Base imponibleTipo impositivo
hasta 400.000 €8 %
400.000,01 € hasta 600.000 €9 % sobre el tramo
600.000,01 € hasta 1.000.000 €10 % sobre el tramo
1.000.000,01 € hasta 2.000.000 €12 % sobre el tramo
más de 2.000.000 €13 % sobre el tramo

La calculadora situada encima utiliza esta lógica progresiva: no se grava el precio de compra total con el tipo más alto, sino solo la parte correspondiente dentro de cada tramo.

Ejemplos de cálculo

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Los siguientes ejemplos muestran cómo se aplica prácticamente el tramo progresivo del ITP. Lo decisivo es: cada tramo se calcula solo sobre la parte correspondiente.

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EjemploPrecio de compra o valor fiscalCálculoITP total
1300.000 €300.000 € × 8 % = 24.000 €24.000 €
2500.000 €400.000 € × 8 % = 32.000 €
100.000 € × 9 % = 9.000 €
41.000 €
3850.000 €400.000 € × 8 % = 32.000 €
200.000 € × 9 % = 18.000 €
250.000 € × 10 % = 25.000 €
75.000 €
42.500.000 €400.000 € × 8 % = 32.000 €
200.000 € × 9 % = 18.000 €
400.000 € × 10 % = 40.000 €
1.000.000 € × 12 % = 120.000 €
500.000 € × 13 % = 65.000 €
275.000 €

Base imponible: ¿precio de compra o Valor de Referencia?

Desde 2022, el Valor de Referencia de la Dirección General del Catastro es determinante para los inmuebles españoles. Para el ITP, generalmente es aplicable el valor más alto: precio de compra, valor declarado o Valor de Referencia. Por lo tanto, si el precio de compra es de 650.000 €, pero el Valor de Referencia es de 700.000 €, el cálculo del ITP debería realizarse generalmente con 700.000 €.

El Valor de Referencia no es lo mismo que el valor catastral clásico para el IBI. Lo determina anualmente el Catastro basándose en datos notariales y de mercado registrados, y se puede consultar a través de la sede electrónica del Catastro.

Segunda mano vs. obra nueva

Segunda mano: La reventa clásica de un inmueble en Mallorca está sujeta generalmente al ITP. El comprador declara y paga el impuesto mediante el Modelo 600 ante la ATIB.

Obra nueva del promotor: En la primera entrega de un piso o casa nuevo por parte del promotor, se aplica generalmente el IVA. Para viviendas, el tipo de IVA general es del 10 %, y del 4 % para determinadas viviendas de protección oficial. Además, suele aplicarse el AJD sobre la escritura notarial.

ITP, IVA y AJD: las diferencias principales

  • ITP: se aplica en inmuebles de segunda mano y transmisiones onerosas no sujetas al IVA.
  • IVA: se aplica en inmuebles nuevos del promotor, es decir, en la primera entrega.
  • AJD: se aplica en determinadas escrituras notariales. En la compra de obra nueva con IVA, el AJD es prácticamente el recargo del impuesto de actos jurídicos documentados.

En las Baleares, el AJD en compras de inmuebles nuevos sujetos a IVA es generalmente del 1,5 %. Para determinadas adquisiciones de vivienda habitual de hasta 270.151,20 €, la ATIB menciona un tipo reducido de AJD del 1,2 %, si se cumplen los requisitos.

Casos especiales y tipos reducidos

El tramo general es el caso normal para muchos compradores internacionales. Además, existen bonificaciones baleares que están estrechamente vinculadas a requisitos personales.

  • 4 % para determinadas viviendas habituales: posible en la adquisición de una vivienda habitual de hasta 270.151,20 €, si se cumplen los requisitos.
  • 2 % para determinados grupos de compradores: entre otros, para compradores menores de 36 años en su primera vivienda habitual, así como en determinados casos de familia o discapacidad.
  • Bonificación del 100 %: para determinadas primeras viviendas habituales de compradores jóvenes menores de 30 años o personas con discapacidad igual o superior al 33 %, bajo condiciones adicionales.
  • Garajes independientes: para garajes independientes, según la ATIB, se aplica un tramo propio con el 8 % hasta 30.000 € y el 9 % a partir de esa cantidad.

Estas bonificaciones no son descuentos generales. Deben verificarse en cada caso y declararse correctamente.

Modelo 600 y plazo de pago

El ITP y el AJD se declaran en las Baleares mediante el Modelo 600. La ATIB establece un plazo de un mes para el pago y la presentación, a partir de la fecha del acto jurídico o de la escritura notarial.

Preguntas frecuentes

¿Es el ITP en Mallorca lo mismo que el impuesto de transmisiones patrimoniales alemán?

Funcionalmente sí: el ITP es el principal impuesto de adquisición para los compradores de inmuebles de segunda mano. Legalmente, sin embargo, forma parte del sistema español ITPAJD.

¿Qué tipos de ITP se aplican actualmente en Mallorca?

El tramo general va del 8 % al 13 %: 8 % hasta 400.000 €, 9 % para la parte hasta 600.000 €, 10 % para la parte hasta 1.000.000 €, 12 % para la parte hasta 2.000.000 € y 13 % a partir de esa cantidad.

¿Se aplica el ITP también en obra nueva?

En la compra clásica de obra nueva directamente del promotor, normalmente no se aplica ITP en la modalidad TPO, sino IVA más AJD.

Fuentes

Thomas Mallorca Real Estate S.L.

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