Vida, Residencia y Mudanza

Estancia tras el fin de la Golden Visa

Qué significa el fin de la residencia para inversores en España para compradores extracomunitarios y qué vías de estancia quedan tras la compra de un inmueble.

España ha puesto fin a la residencia para inversores, a menudo denominada Golden Visa en el ámbito inmobiliario. Desde el 3 de abril de 2025, las disposiciones centrales de la Ley 14/2013 sobre visados y permisos de residencia para inversores han quedado sin contenido. Por lo tanto, la compra de un inmueble en España ya no puede utilizarse como motivo de residencia independiente para una Golden Visa.

Para los compradores de países no pertenecientes a la UE, la distinción más importante es: propiedad y residencia son dos temas diferentes. Se puede seguir comprando, vendiendo, alquilando o utilizando una casa o un piso en España. Sin embargo, la compra por sí sola no otorga derecho a residir permanentemente en España, trabajar o superar los límites de estancia en el espacio Schengen.

¿Qué se ha suprimido exactamente?

La reforma se llevó a cabo mediante la Ley Orgánica 1/2025, publicada en el BOE el 3 de enero de 2025. Dejó sin contenido los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013. Estos artículos regulaban hasta ahora el visado para inversores, la acreditación de la inversión, los efectos del visado, la autorización de residencia para inversores y su duración. Según la regla general de entrada en vigor, este cambio entró en vigor el 3 de abril de 2025.

En la práctica, esto significa: las nuevas solicitudes de Golden Visa basadas en una inversión, incluida la antigua vía inmobiliaria, ya no son la vía normal para obtener un título de residencia español desde el 3 de abril de 2025. Quien compre un inmueble después de esta fecha no debe entender la compra como una estrategia de residencia.

¿Qué se aplica a los casos existentes?

La reforma contiene disposiciones transitorias. Los inversores y sus familiares que hubieran presentado su solicitud antes de la entrada en vigor de la modificación pueden obtener el título correspondiente según la legislación vigente en la fecha de presentación de la solicitud. Los visados y autorizaciones de residencia para inversores ya válidos mantienen su validez durante el período para el que fueron emitidos.

Para los inversores inmobiliarios, también se establece que las solicitudes de renovación se tramitarán y resolverán según la legislación vigente en el momento de la concesión de la autorización original. Esto es especialmente importante para las personas que ya tenían una tarjeta válida antes del fin de la Golden Visa. No obstante, esta información general no sustituye un examen caso por caso, especialmente en lo relativo a plazos, interrupciones, familiares o cambios a otro título de residencia.

¿Qué significa esto para los compradores extracomunitarios?

Los compradores extracomunitarios pueden seguir adquiriendo inmuebles en España. Sin embargo, la adquisición de la propiedad sigue estando separada del derecho de residencia en los ámbitos civil, fiscal y registral. Quien pueda entrar en España sin visado, permanece sujeto, en principio, a las normas de estancia de corta duración. Quien desee permanecer más tiempo, trabajar, trasladar su centro de vida o reagrupar a sus familiares, necesita un título de residencia adecuado.

Un inmueble puede ser prácticamente útil en algunos procedimientos, por ejemplo, como prueba de una dirección de vivienda o de arraigo económico. Sin embargo, no sustituye los respectivos requisitos legales: ingresos, seguro médico, base laboral o empresarial, relación familiar, control de seguridad y presentación de la solicitud en plazo siguen siendo puntos independientes.

¿Qué alternativas existen?

Residencia no lucrativa: La autorización de residencia no lucrativa está dirigida a personas que desean residir en España sin trabajar por cuenta ajena o propia. Requiere medios suficientes, seguro médico y otros requisitos generales. Según el Reglamento de Extranjería vigente, el requisito mínimo para el solicitante principal es el 400 por ciento del IPREM, más el 100 por ciento del IPREM por cada familiar. El título inicial suele tener una validez de un año.

Teletrabajo internacional / Nómada digital: Esta vía está destinada a nacionales de terceros países que trabajan desde España con medios digitales para empresas fuera de España. La UGE lo describe como una estancia para personas que trabajan a distancia para empresas radicadas fuera de España. Se requieren, entre otros, una relación profesional, cualificación o experiencia, medios suficientes, seguro médico o justificantes de la seguridad social y la vía de solicitud adecuada.

Trabajo, trabajo autónomo y actividad cualificada: Quien desee trabajar en España necesita un título de residencia con permiso de trabajo. Según el perfil, son posibles el permiso de trabajo, el trabajo autónomo, el empleo altamente cualificado, la Tarjeta Azul UE o la movilidad intraempresarial.

Régimen familiar: Los familiares de personas que residen legalmente en España o de ciudadanos de la UE, el EEE o Suiza tienen sus propias vías legales. Los requisitos, la duración y el alcance dependen del estatus concreto, el grado de parentesco, la vivienda, los medios y las acreditaciones.

Separar la decisión de compra y la planificación de la residencia

Tras el fin de la Golden Visa, la compra de un inmueble ya no debe planificarse como un atajo hacia la residencia. Es más sensato seguir el orden inverso: primero comprobar qué vía de residencia se adapta a la situación vital real, y solo después aclarar qué papel desempeña el inmueble en ello.

Esta visión general no constituye asesoramiento jurídico. Las competencias, la documentación y los plazos pueden variar según el consulado, el lugar de residencia, la nacionalidad y la situación familiar. Son determinantes las normas oficiales españolas y la autoridad competente en el momento de la solicitud.

Fuentes

Thomas Mallorca Real Estate S.L.

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