Divorcio, separación y copropiedad de inmuebles en Mallorca
Lo que los propietarios y compradores internacionales deben saber sobre copropietarios, uso, venta y conflictos familiares.
Un inmueble en Mallorca a menudo se compra conjuntamente: por cónyuges, parejas no casadas, hermanos, padres e hijos o familias internacionales reconstituidas. Mientras todos compartan los mismos objetivos, la copropiedad parece sencilla. Se vuelve crítica en caso de separación, divorcio, fallecimiento de un propietario, nueva relación, problemas de financiación o cuando una persona quiere vender y la otra no.
Este artículo ofrece una visión estructurada y no sustituye el asesoramiento legal. En casos concretos, siempre se debe involucrar a abogados especializados españoles y, en su caso, extranjeros, notarios, asesores fiscales y socios financieros.
Por qué la copropiedad puede ser propensa a conflictos
En un inmueble en Mallorca suelen confluir varios niveles legales: derecho de propiedad español, derecho civil balear, régimen económico matrimonial, capitulaciones matrimoniales extranjeras, normativa de la UE sobre divorcio o regímenes económicos, derecho sucesorio, derecho fiscal y práctica registral. A esto se suman cuestiones prácticas: ¿Quién usa la villa en verano? ¿Quién asume la hipoteca, el IBI, los gastos de comunidad, el seguro, las reparaciones y los riesgos de alquiler? ¿Quién decide sobre el precio de venta, el agente inmobiliario, la reforma o el alquiler turístico?
Quien compra conjuntamente debe entender, antes de la cita notarial, si el inmueble se posee en copropiedad por cuotas, como parte de un patrimonio conyugal o a través de una estructura societaria. La estructura elegida influye posteriormente en la venta, la carga, la sucesión, el uso y la resolución de conflictos.
Copropietarios y cuotas
En la copropiedad española de un inmueble, generalmente se trata de una comunidad de bienes por cuotas. El Código Civil español describe la comunidad como una situación en la que la propiedad de una cosa o derecho pertenece indivisamente a varias personas. Si no existen acuerdos especiales, los beneficios y cargas se rigen básicamente por las respectivas cuotas; si no se pueden demostrar cuotas diferentes, se presumen partes iguales.
En la práctica, por lo tanto, debe quedar claro en la escritura de compra quién adquiere con qué participación. Esta cuota afecta la distribución del producto, la participación en los costes, la financiación, la posterior liquidación y los casos de herencia. Quien paga internamente más, pero aparece en el Registro de la Propiedad solo con la mitad, no debe confiar en que esto se pueda corregir posteriormente sin pruebas.
Parejas internacionales y régimen económico matrimonial
En el caso de los matrimonios, primero hay que aclarar qué régimen económico matrimonial se aplica: sociedad de gananciales, participación en las ganancias, comunidad de adquisiciones, separación de bienes o capitulaciones matrimoniales extranjeras. En España, también hay que tener en cuenta que no se aplican las mismas reglas regionales en todas partes. Para Mallorca, la Compilación balear prevé, en principio, la separación de bienes si este derecho es aplicable y no existen capitulaciones matrimoniales en contrario. Sin embargo, para las parejas internacionales, esto no significa automáticamente que todo matrimonio en Mallorca se trate según la separación de bienes balear.
Desde el 29 de enero de 2019, el Reglamento (UE) 2016/1103 es importante para muchas cuestiones transfronterizas de regímenes económicos matrimoniales. Para el divorcio y la separación, también pueden ser relevantes las normas de la UE sobre competencia judicial y ley aplicable al divorcio. Sin embargo, estas reglas no responden automáticamente a quién corresponde económicamente el inmueble en Mallorca. El divorcio, el régimen económico, la inscripción registral, el uso de la vivienda familiar y las consecuencias fiscales son comprobaciones separadas.
Separación, uso y venta
Un error común es: quien vive en el inmueble después de la separación puede impedir permanentemente la venta. No es tan sencillo. El derecho español distingue entre propiedad, uso y asignación de la vivienda por derecho de familia. Una asignación de uso puede influir prácticamente de manera significativa en la disposición del inmueble, pero no cambia automáticamente la cuota de propiedad.
Cuando los copropietarios se separan, generalmente hay tres vías: un propietario asume la parte del otro mediante compensación, todos los propietarios venden conjuntamente y distribuyen el producto neto, o, en caso de falta de acuerdo, se solicita la extinción de la comunidad. El derecho español contiene el importante principio de que ningún copropietario está obligado a permanecer indefinidamente en la comunidad.
Conflictos hereditarios y familiares
Un conflicto de copropiedad no surge solo por un divorcio. A menudo, un inmueble en Mallorca se hereda a hijos, cónyuges, hermanos o nuevas parejas. Entonces, de dos propietarios pasan a ser varias partes con intereses diferentes: un hijo quiere vender, otro quiere conservarlo; el cónyuge supérstite quiere usar el inmueble; los herederos viven en diferentes países; los derechos de legítima o los testamentos extranjeros no se ajustan a la práctica registral española.
El Reglamento de la UE sobre sucesiones nº 650/2012 es especialmente relevante para las herencias internacionales. Regula las cuestiones sucesorias civiles, no el impuesto de sucesiones ni los regímenes económicos matrimoniales. Por lo tanto, antes de la partición hereditaria propiamente dicha, a menudo hay que aclarar primero qué parte pertenece realmente a la herencia.
Qué se debe regular antes de la compra conjunta
- Establecer de forma realista las cuotas de propiedad en la escritura de compra.
- Documentar el capital propio, las aportaciones al préstamo y los pagos corrientes.
- Verificar el régimen económico y la ley aplicable en parejas internacionales.
- Regular por escrito el uso vacacional, la residencia permanente, el alquiler y la distribución de costes.
- Planificar la salida mediante derechos de tanteo, métodos de valoración, plazos de pago y procedimientos de venta.
- Coordinar testamentos, legítimas, derechos del cónyuge y planificación sucesoria internacional.
- Diseñar los acuerdos de manera que sean ejecutables notarial y registralmente cuando sea necesario.
Conclusión
El divorcio, la separación y la copropiedad de inmuebles en Mallorca rara vez son solo temas privados. Afectan al derecho de propiedad, al derecho de familia, al derecho internacional privado, al derecho sucesorio, a los impuestos, a la financiación y a la práctica registral. Cuanto más internacional sea la estructura de propietarios, más importante es una coordinación temprana.
Fuentes
- Código Civil BOE
- Compilación del Derecho Civil de las Islas Baleares BOE
- Reglamento (UE) 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales BOE / Diario Oficial de la Unión Europea
- Reglamento (UE) 2019/1111 en materia matrimonial BOE / Diario Oficial de la Unión Europea
- Reglamento (UE) nº 1259/2010 sobre divorcio y separación judicial BOE / Diario Oficial de la Unión Europea
- Regulation (EU) No 650/2012 on succession EUR-Lex
- Relaciones personales y familia Consejo General del Notariado
- Documentos para inscribir vivienda adjudicada en divorcio Colegio de Registradores de España
- Matrimonial property regimes - Spain European e-Justice Portal
- Succession - Spain European e-Justice Portal